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Orden de Cateo

Definición: El cateo es un acto de investigación que sólo puede realizar el Ministerio Público previa autorización que conceda un Juez, por ser un acto que vulnera derechos, como la propiedad privada, para poder inspeccionar un domicilio en búsqueda de un objeto y/o de personas. 

 

Legalidad de la Orden de cateo: El artículo 282 del Código Nacional de Procedimientos Penales, establece que cuando el MP considere que es necesario un cateo, solicitará por cualquier medio, la práctica de dicho acto de investigación, esta solicitud debe de contar con los siguientes requisitos para que sea legal: 

  1. Se debe de establecer el lugar a inspeccionarse, las personas o persona que han de aprehender y los objetos que se buscan
  2. Se deben señalar los motivos e indicios que sustentan la necesidad de una orden de cateo. 
  3. Nombre de los servidores públicos que van a practicar o intervenir en ese acto de investigación 

 

Una vez ejecutada la orden de cateo, el MP tiene la obligación de entregar una copia de los puntos resolutivos de la orden de cateo a quien habite o esté en posesión del lugar donde se efectúe, o cuando esté ausente, a su encargado y, a falta de éste, a cualquier persona mayor de edad que se halle en el lugar. 

 

Cuando no se encuentre persona alguna, se fijará la copia de los puntos resolutivos que autorizan el cateo a la entrada del inmueble, debiendo hacerse constar en el acta y se hará uso de la fuerza pública para ingresar. 

 

Ejemplo: Unos policías intentaron entrar a casa de Alejandro para hacer una inspección. Al momento de llegar, la mama de Alejandro era abogada y sabía que los policias deberian de traer una orden de cateo emitida por el juez para poder entrar a su casa. Al no contar con esa orden, la madre de Alejandro no les permitió la entrada a los policías. 

 

La Orden de Cateo es un documento que sólo puede dar un Juez de control, con lo que le da la oportunidad al Ministerio Público de mandar a la policía para entrar legalmente a tu casa, oficina, barco, etcétera.

 

La orden de cateo debe por lo menos tener:

  • El nombre del Juez de control que mandó la orden y el número de carpeta de investigación (expediente).
  • La dirección del lugar o lugares que van a revisar y lo que se espera encontrar ahí.
  • El día y la hora en que van a entrar. 
  • Los nombres de las personas que van a pasar a revisar.
  • Por qué creen que en ese lugar van a encontrar las evidencias. 

 

Las razones pueden ser las siguientes:

  • Porque creen que van a encontrar a la persona/s que estén buscando
  • Porque creen que en ese lugar están las cosas que buscan. 

 

NOTAS IMPORTANTES: 

  • No pueden entrar personas cuyos nombres no estén escritos en la orden de cateo
  • Cuando no haya nadie en el lugar la policía podrá entrar usando la fuerza, o sea, puede romper las puertas, los candados, cerraduras, cerco, cochera, etc. (Art. 288) NOTA: LA ENTRADA AL LUGAR DEBERÁ REGISTRARSE Y SE DEJARÁ UNA COPIA DE LA ORDEN DE CATEO PEGADA EN UN LUGAR VISIBLE.
  • La policía debe entregar la orden de cateo a la o las personas que vivan en el lugar, y SIEMPRE deberán ser mayores de edad. 



Fuente:

http://www.pudh.unam.mx/perseo/que-debe-tener-una-orden-de-cateo-para-que-sea-valida/

Código Penal para el Estado de Tabasco: 

https://tsj-tabasco.gob.mx/resources/pdf/biblioteca/codigo_penal.pdf

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_190221.pdf

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Abuso o Exceso de Autoridad

Ejemplo: Alejandro salió a caminar por la calle de su casa, cuando llegaron dos policías lo arrestaron y lo llevaron al MP, ya que pensaban que había cometido un robo. 

 

*El abuso de autoridad es un delito previsto en el Código Penal Federal y para el Código Penal para el Estado de Tabasco (Artículo 236), entre los supuestos se encuentran:

  1. Para impedir la ejecución de una ley, decreto, reglamento, el cobro de un impuesto o el cumplimiento de una resolución judicial, pida auxilio a la fuerza pública o la emplee con ese objeto; 
  2. Ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia contra alguna persona o la vejare, o la insultare;
  3. Indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga obligación de otorgarles o impida la presentación o el curso de una solicitud; 
  4. Haga que se le entreguen fondos, valores u otra cosa que no se le hayan confiado y se los apropie o disponga de ellos indebidamente.

 

El abuso de autoridad se da cuando una persona se aprovecha de otra que está en una situación de subordinación con respecto a ella, gracias a su cargo superior y a sus atribuciones.

 

¿Cuál es la sanción para los que cometan el delito de abuso o exceso de autoridad

Según el Código Penal para el Estado de Tabasco, el servidor público que cometa el delito de abuso de autoridad, se le impondrá de uno a ocho años de prisión y multa de cien a trescientos días multa.

 

Fuentes:

https://tsj-tabasco.gob.mx/resources/pdf/biblioteca/codigo_penal.pdf 

Artículo 236 del Código Penal del Estado de Tabasco 

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¿Cómo puedo denunciar el abuso de alguna autoridad?

Ejemplo: Mariana va caminando por su colonia cuando llegan dos policías, la arrestan y le empiezan a hacer una inspección de cuerpo, ya que sospechaban que ella había robado un celular de una tienda que se encontraba a algunas cuadras de su casa. 

 

Para denunciar este delito dispones de las siguientes opciones:

 

Vía telefónica: Llamando 800 849 55 00

El servicio está disponible las 24 horas de los 365 días del año.

 

Vía Internet: en la página oficial del sistema estatal de quejas y denuncias del Estado de Tabasco: 

https://tabasco.gob.mx/sistema-estatal-de-quejas-y-denuncias

 

Personalmente: puedes acudir a cualquier agencia desconcentrada del Ministerio Público o a la Fiscalía para servidores públicos.

 

Se pueden encontrar las direcciones y directorios en los siguientes links:  https://www.fiscaliatabasco.gob.mx/Fiscalias/Index

https://www.fiscaliatabasco.gob.mx/Contenido/Directorio 

 

Correo Electrónico: sfp.quejasydenuncias@tabasco.gob.mx

 

Fuente

https://tabasco.gob.mx/sistema-estatal-de-quejas-y-denuncias