Nayarit
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Orden de Cateo
Ejemplo: Unos policías intentaron entrar a casa de Alejandro para hacer una inspección. Al momento de llegar, la mama de Alejandro era abogada y sabía que los policias deberian de traer una orden de cateo emitida por el juez para poder entrar a su casa. Al no contar con esa orden, la madre de Alejandro no les permitió la entrada a los policías.
La Orden de Cateo es un documento que sólo puede dar un Juez de control, con lo que le da chance al Ministerio Público de mandar a la policía para entrar legalmente a tu casa, oficina, barco, etcétera.
La orden de cateo debe por lo menos tener:
- El nombre del Juez de control que mandó la orden y el número de carpeta de investigación (expediente).
- La dirección del lugar o lugares que van a revisar y lo que se espera encontrar ahí.
- El día y la hora en que van a entrar.
- Los nombres de las personas que van a pasar a revisar.
- Por qué creen que en ese lugar van a encontrar las evidencias.
Las razones pueden ser las siguientes:
- Porque creen que van a encontrar a la persona/s que estén buscando
- Porque creen que en ese lugar están las cosas que buscan.
NOTAS IMPORTANTES:
- No pueden entrar personas cuyos nombres no estén escritos en la orden de cateo
- Cuando no haya nadie en el lugar la policía podrá entrar usando la fuerza, o sea, puede romper las puertas, los candados, cerraduras, cerco, cochera, etc. NOTA: LA ENTRADA AL LUGAR DEBERÁ REGISTRARSE Y SE DEJARÁ UNA COPIA DE LA ORDEN DE CATEO PEGADA EN UN LUGAR VISIBLE.
- La policía debe entregar la orden de cateo a la o las personas que vivan en el lugar, y SIEMPRE deberán ser mayores de edad.
Fuente:
http://www.pudh.unam.mx/perseo/que-debe-tener-una-orden-de-cateo-para-que-sea-valida/
Código Penal para el Estado de Nayarit:
https://www.congresonayarit.mx/media/2929/codigopenal_nuevo.pdf
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Abuso o exceso de Autoridad
Ejemplo: Alejandro salió a caminar por la calle de su casa, cuando llegaron dos policías lo arrestaron y lo llevaron al MP, ya que pensaban que había cometido un robo.
*El abuso de autoridad es un delito previsto en el Código Penal Federal y para el Código Penal para el Estado de Nayarit (Artículo 243).
El abuso de autoridad se da cuando una persona se aprovecha de otra que está en una situación de subordinación con respecto a ella, gracias a su cargo superior y a sus atribuciones.
Art 243:
Comete el delito de abuso de autoridad, todo servidor público sea cual fuere su categoría:
I. Cuando para impedir la ejecución de una ley, decreto o reglamento, el cobro de un impuesto o el cumplimiento de una resolución judicial, pida auxilio a la fuerza pública o la emplee con ese objeto;
II. Cuando ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa legítima o la vejare o la insultare;
III. Cuando indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga obligación de otorgarles o impida la presentación o el curso de una solicitud;
IV. Cuando estando encargado de administrar justicia, bajo cualquier pretexto, aunque sea el de obscuridad o silencio de la ley, se niegue injustificadamente a despachar un negocio pendiente ante él, dentro de los términos establecidos por la ley;
V. Cuando el encargado de una fuerza pública, requerida legalmente por una autoridad competente para que le preste auxilio se niegue indebidamente a dárselo;
VI. Cuando estando encargado de cualquier establecimiento destinado a la ejecución de las sanciones privativas de libertad de instituciones de readaptación social o de custodia y rehabilitación de menores y de reclusorios preventivos o administrativos que sin los requisitos legales, reciba como presa, detenida, arrestada o interna a una persona o la mantenga privada de su libertad, sin dar parte del hecho a la autoridad correspondiente niegue que está detenida, si lo estuviese; o no cumpla la orden de libertad girada por la autoridad competente;
VII. Cuando teniendo conocimiento de una privación ilegal de la libertad no la denunciase inmediatamente a la autoridad competente o no la haga cesar, también inmediatamente, si esto estuviere en sus atribuciones;
VIII. Cuando haga que se le entreguen fondos, valores u otras cosas que no se le hayan confiado a él y se los apropie o disponga de ellos indebidamente;
IX. Cuando con cualquier pretexto, obtenga de un subalterno parte de los sueldos de éste, dádivas u otro servicio;
X. Cuando en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, otorgue empleo, cargo o comisión pública, o contratos de prestación de servicios profesionales o mercantiles o de cualquier otra naturaleza, que sea remunerados, a sabiendas de que no se les prestará el servicio para el que se les nombró, o no se cumplirá el contrato otorgado, y
XI. Cuando autorice o contrate a quien se encuentre inhabilitado por resolución firme de autoridad competente para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, siempre que lo haga con conocimiento de tal situación.
Fuente: https://www.congresonayarit.mx/media/2929/codigopenal_nuevo.pdf
Código Penal de Estado de Nayarit
¿Cuál es la sanción para los que cometan el delito de abuso o exceso de autoridad?
Según el Código Penal para el Estado de Nayarit, Al que cometa el delito de abuso de autoridad se le impondrá prisión de seis meses a seis años y multa de treinta a doscientos días y destitución e inhabilitación por el mismo lapso para desempeñar otro empleo, cargo o comisión pública.
Fuentes:
https://www.congresonayarit.mx/media/2929/codigopenal_nuevo.pdf
Código Penal del Estado de Nayarit
Codigo Penal Federal: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Codigo_Penal_Federal.pdf
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¿Cómo puedo denunciar el abuso de alguna autoridad?
Ejemplo: Mariana va caminando por su colonia cuando llegan dos policías, la arrestan y le empiezan a hacer una inspección de cuerpo, ya que sospechaban que ella había robado un celular de una tienda que se encontraba a algunas cuadras de su casa.
Para denunciar este delito dispones de las siguientes opciones:
Vía telefónica: Llamando 089
El servicio está disponible las 24 horas de los 365 días del año.
Vía Internet: en la página oficial del sistema estatal de Seguridad Pública de Nayarit.
https://tramites.nayarit.gob.mx/ciudadano/ficha/262
Personalmente: puedes acudir a cualquier agencia desconcentrada del Ministerio Público o a la Fiscalía para servidores públicos.
Oficinas de atención:
- Nombre: Centro de Control, Comando, Cómputo y Comunicaciones (C4)
- Dirección : Tepic, Colónia: Ciudad Industrial, Calle: Platino, CP: 63173
- Horarios: Lunes a Domingo las 24:00 horas (Emergencias y Denuncias)
- Teléfonos: 911 Número Nacional de Emergencias
- Teléfonos: 089 Denuncia Ciudadana
Funcionario responsable de la información → para contactar:
- Nombre: Lic. Karina García Sandoval
- Cargo : Coordinadora
- Correo : lic.garciasandoval7@gmail.com
Fuente:
https://tramites.nayarit.gob.mx/ciudadano/ficha/262