San Luis Potosí

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Agresión

Ejemplo: Diego es golpeado por Rodrigo en una fiesta mientras tomaban.

 

La agresión es una acción violenta que realiza una persona con la intención de causar un daño a otra. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, define una agresión real cuando el movimiento corporal de la persona genera un daño actual a bienes legalmente tutelados, es decir, un cambio del estado en el que se encuentra, la salud, bienestar o bienes de una persona determinada. 

 

Dependiendo a través de qué delito sea cometida una agresión, dependerá la sanción. Los delitos en donde comúnmente hay alguna agresión, son, por ejemplo, el de lesiones, homicidio, intento de feminicidio, etc. Por ejemplo, el Código Penal del Estado de San Luis Potosí tipifica el delito de “Lesiones”, en el capítulo III, en el artículo 136, mismo que define que comete el delito de lesiones, quien causa una alteración o daño a la salud producido por una causa externa, misma definición que coincide con lo que establece la Corte.

 

¿Cómo denunciar?

 

La forma más eficaz de hacer hacer valido dicho derecho  es de forma presencial, de conformidad con el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, una de las obligaciones del Ministerio Público es recibir denuncias, por lo que se puede acudir a la fiscalía más próxima, y presentarla, oralmente, o por un medio escrito es la opción más adecuada. Es importante mencionar, que los policías tienen la obligación de recibir dichas denuncias al ser las primeras personas con las cuales podemos tener contacto mas rapido, y los cuales deberán de orientar a la persona agredida en dicho procedimiento. 

 

Para localizar la fiscalías especializadas en el Estado de San Luis Potosí ingresar a los siguientes links:

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/quienes-somos/

Contacto – Fiscalía General del Estado

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/delegaciones-regionales/



Asimismo en: https://fiscaliaslp.gob.mx/denuncia_virtual/

​​https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/tramites-y-servicios/

 

Otros métodos de denuncia:

 

Llamada telefónica: Puedes denunciar una agresión en el 911 o de forma anónima en el 089.

 

O directamente a las fiscalías Especializadas del Estado de San Luis Potosí, según corresponda por el tipo de delito, a los siguientes teléfonos, según corresponda: 

-Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí:
Eje Vial No. 100, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24.

-Fiscalía Especializada en Delitos Electorales:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

-Fiscalía Especializada en Delitos relacionados con Hechos de Corrupción:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P. Teléfono: 444 524 14 80.

-Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos:
Volcán Tacaná No. 115, Fraccionamiento Cumbres de San Luis, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 811 30 39.

-Fiscalía Especializada para la atención de la Mujer, la Familia y Delitos Sexuales:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 814 81 88.

-Fiscalía Especializada para la atención de Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas:
Calle Francisco I. Madero s/n, Barrio Chacana, Tancanhuitz, S.L.P.

-Vicefiscalía:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Jurídica:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Científica: Dirección General de Servicios Periciales:
República de Polonia No. 350, Lomas de Satélite, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Métodos de Investigación:
Calle Xóchitl s/n, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Administración:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Visitaduría:
Eje Vial No.100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24, Ext. 1714 y 1605.

-Instituto Universitario de Ciencias Penales y Forenses:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

 

Toda denuncia deberá contener una descripción de los hechos que considera delictivos, sin tener una calificación jurídica, ya que dicha calificación es proporcionada por el Ministerio Público, quien al investigar dará pruebas al juez quien decidirá conforme a derecho si es un delito o no. 

 

En el caso de que la denuncia o querella se presenten oralmente, se hará constar en acta que levantará la Autoridad que la reciba. Tanto en este caso, como cuando se hagan por escrito, deberán contener la firma o huella digital del que las presente y su domicilio. 

 

Fuentes:

 

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Acoso

Ejemplo: Pedro es maestro de Sofía, quien en reiteradas ocasiones le ha propuesto salir con él a pesar de la negativa constante de ella, por lo cúal decidió dejar de ir a la escuela.

 

El Código Penal del Estado de San Luis Potosí, tipifica este delito como “acoso sexual”, mismo que lo define, en el Título III, en su artículo 181, como aquella persona que en el ejercicio abusivo de poder que conlleve a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, la asedia, acosa, o le demanda actos de naturaleza sexual con fines lascivos, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. Entonces, debemos entender, que comete este delito la persona que se aprovecha de la “autoridad” que podría tener sobre la víctima, para cometer el ilícito.



Es importante mencionar, que tenemos que entender como acto lascivo, aquel acto de naturaleza sexual o aquel acto indecente que está destinado a crear o satisfacer placeres de tipo sexual.

 

Asimismo, es importante mencionar, que la pena aumentará, si la víctima es menor de edad.



¿Cómo denunciar?

 

Esté delito, se persigue por querella, es decir, sólo a petición de la persona afectada se podrá proceder contra la persona que cometió el delito. 

 

La forma más eficaz de hacer hacer valido dicho derecho  es de forma presencial, de conformidad con el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, una de las obligaciones del Ministerio Público es recibir denuncias, por lo que se puede acudir a la fiscalía más próxima, y presentarla, oralmente, o por un medio escrito es la opción más adecuada. Es importante mencionar, que los policías tienen la obligación de recibir dichas denuncias al ser las primeras personas con las cuales podemos tener contacto mas rapido, y los cuales deberán de orientar a toda persona en dicho procedimiento. 

 

Para localizar la fiscalías especializadas en el Estado de San Luis Potosí ingresar a los siguientes links:

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/quienes-somos/

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/contacto/

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/delegaciones-regionales/



Asimismo en: https://fiscaliaslp.gob.mx/denuncia_virtual/

​​https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/tramites-y-servicios/

 

Otros métodos de denuncia:

 

Llamada telefónica: Puedes denunciar una agresión en el 911 o de forma anónima en el 089.

 

O directamente a las fiscalías Especializadas del Estado de San Luis Potosí, según corresponda por el tipo de delito, a los siguientes teléfonos, según corresponda: 

-Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí:
Eje Vial No. 100, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24.

-Fiscalía Especializada en Delitos Electorales:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

-Fiscalía Especializada en Delitos relacionados con Hechos de Corrupción:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P. Teléfono: 444 524 14 80.

-Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos:
Volcán Tacaná No. 115, Fraccionamiento Cumbres de San Luis, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 811 30 39.

-Fiscalía Especializada para la atención de la Mujer, la Familia y Delitos Sexuales:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 814 81 88.

-Fiscalía Especializada para la atención de Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas:
Calle Francisco I. Madero s/n, Barrio Chacana, Tancanhuitz, S.L.P.

-Vicefiscalía:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Jurídica:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Científica: Dirección General de Servicios Periciales:
República de Polonia No. 350, Lomas de Satélite, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Métodos de Investigación:
Calle Xóchitl s/n, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Administración:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Visitaduría:
Eje Vial No.100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24, Ext. 1714 y 1605.

-Instituto Universitario de Ciencias Penales y Forenses:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

 

Toda denuncia deberá contener una descripción de los hechos que considera delictivos, sin tener una calificación jurídica, ya que dicha calificación es proporcionada por el Ministerio Público, quien al investigar dará pruebas al juez quien decidirá conforme a derecho si es un delito o no. 

 

En el caso de que la denuncia o querella se presenten oralmente, se hará constar en acta que levantará la Autoridad que la reciba. Tanto en este caso, como cuando se hagan por escrito, deberán contener la firma o huella digital del que las presente y su domicilio. 

 

Fuentes:



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Abuso Sexual

Ejemplo: Raquel, es obligada por su maestro a tocarse sus partes íntimas en el receso mientras él lo observa constantemente. Raquel, le cuenta a su mama quien procede a levantar una denuncia por Abuso Sexual en contra de su hija.

Definición: El Codigo Penal del Estado de San Luis Potosí, en el Título III, en el capítulo II, en su artículo 178 contempla el delito de “Abuso Sexual” y lo define de la siguiente manera: “ARTÍCULO 178. Comete el delito de abuso sexual quien, sin el consentimiento de una persona ejecuta en ella, o la hace ejecutar un acto erótico sexual, sin el propósito directo de llegar a la cópula.” 

Sanción: dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

De igual manera, existen casos en los que la pena aumentará y será en los siguientes:

I. Cuando haya sido cometido en contra de un menor de dieciocho años, o de una persona que por su condición no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o que no tiene capacidad para resistirlo;

  1. Cuando se hiciere uso de la violencia física o moral;
  2. Cuando se haya realizado con la participación o autoría de dos o más personas;
  3. Cuando el delito lo cometiere el ministro de algún culto religioso, instructor, mentor o, en general, por la persona que tenga al ofendido bajo su custodia, guarda, educación, o aproveche la confianza en el otorgada para cometer el delito, y
  4. Cuando se haya suministrado a la víctima alguna sustancia tóxica que le impidiera evitar la ejecución del acto.

En el caso de que el infractor tenga parentesco por consanguinidad o civil con el ofendido, perderá además la patria potestad o la tutela, en los casos en que la ejerciera sobre la víctima.

Cuando el delito fuere cometido en el desempeño de un cargo o empleo público, o utilice los medios que su profesión le proporcione, además de la pena de prisión, será destituido del cargo que ocupa y suspendido por el termino de dos años en el ejercicio de su profesión.”

¿Cómo denunciar?

La forma más eficaz de hacer hacer valido dicho derecho  es de forma presencial, de conformidad con el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, una de las obligaciones del Ministerio Público es recibir denuncias, por lo que se puede acudir a la fiscalía más próxima, y presentarla, oralmente, o por un medio escrito es la opción más adecuada. Es importante mencionar, que los policías tienen la obligación de recibir dichas denuncias al ser las primeras personas con las cuales podemos tener contacto mas rapido, y los cuales deberán de orientar a toda persona en dicho procedimiento. 

Para localizar la fiscalías especializadas en el Estado de San Luis Potosí ingresar a los siguientes links:

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/quienes-somos/

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/contacto/

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/delegaciones-regionales/

Asimismo en: https://fiscaliaslp.gob.mx/denuncia_virtual/

​​https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/tramites-y-servicios/

Otros métodos de denuncia:

Llamada telefónica: Puedes denunciar una agresión en el 911 o de forma anónima en el 089.

O directamente a las fiscalías Especializadas del Estado de San Luis Potosí, según corresponda por el tipo de delito, a los siguientes teléfonos, según corresponda: 

-Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí:
Eje Vial No. 100, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24.

-Fiscalía Especializada en Delitos Electorales:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

-Fiscalía Especializada en Delitos relacionados con Hechos de Corrupción:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P. Teléfono: 444 524 14 80.

-Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos:
Volcán Tacaná No. 115, Fraccionamiento Cumbres de San Luis, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 811 30 39.

-Fiscalía Especializada para la atención de la Mujer, la Familia y Delitos Sexuales:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 814 81 88.

-Fiscalía Especializada para la atención de Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas:
Calle Francisco I. Madero s/n, Barrio Chacana, Tancanhuitz, S.L.P.

-Vicefiscalía:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Jurídica:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Científica: Dirección General de Servicios Periciales:
República de Polonia No. 350, Lomas de Satélite, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Métodos de Investigación:
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-Dirección General de Administración:
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-Visitaduría:
Eje Vial No.100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24, Ext. 1714 y 1605.

-Instituto Universitario de Ciencias Penales y Forenses:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

Toda denuncia deberá contener una descripción de los hechos que considera delictivos, sin tener una calificación jurídica, ya que dicha calificación es proporcionada por el Ministerio Público, quien al investigar dará pruebas al juez quien decidirá conforme a derecho si es un delito o no. 

En el caso de que la denuncia o querella se presenten oralmente, se hará constar en acta que levantará la Autoridad que la reciba. Tanto en este caso, como cuando se hagan por escrito, deberán contener la firma o huella digital del que las presente y su domicilio. 

Fuentes:

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Violencia Familiar

Ejemplo: Mariana es golpeada por su esposo y su hijo cuando no les obedece. Acude a la policía a solicitar ayuda.

Definición: El Código Penal del Estado de San Luis Potosí tipifica al delito en su artículo 205, de la siguiente manera: 

“ARTÍCULO 205. Comete el delito de violencia familiar quien en contra de su cónyuge, concubina o concubinario, o persona que mantenga o haya mantenido una relación de hecho, pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, o adoptante, cometa actos abusivos de poder u omisión intencionales, dirigidos a dominar, someter, controlar o maltratar de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, independientemente de que pueda producir o no lesiones, y de otros delitos que resulten.

Se entenderá por relación de hecho, la que exista entre quienes:

  1. Hagan la vida en común, en forma constante y permanente, por un período mínimo de seis meses;
  2. Mantengan una relación de pareja, aunque no vivan en el mismo domicilio;
  3. Tengan relación con los hijos o hijas de su pareja, siempre que no los hayan procreado en común, y
  4. Tengan relación con la pareja de alguno de sus progenitores…

Sanción: de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a seiscientos días de la unidad de medida y actualización; asimismo, el culpable perderá el derecho de pensión alimenticia y se le condenará a participar en servicios reeducativos integrales, especializados, y gratuitos.

Cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de edad, incapaz, con discapacidad, o mayor de sesenta años de edad, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad más de las ya establecidas.

De igual manera, dicho delito se persigue por querella, excepto en los siguientes casos:

  1. La víctima u ofendido sea menor de edad; incapaz, o no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho;
  2. La víctima presente una discapacidad sensorial, física, o mental, total, parcial o permanente; III. La víctima sea mayor de sesenta años;
  3. La conducta sea reiterada, es decir, se tengan documentados antecedentes o denuncia de violencia familiar cometidos por el mismo agresor contra la víctima, o
  4. Cuando se cometa con la participación de dos o más personas.

Se entiende por:

I.- Violencia física: A todo acto intencional en el que se utilice alguna parte del cuerpo, algún objeto, arma o sustancia para sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad física del otro; 

II.- Violencia psicológica: toda acción u omisión reiterada, ejecutada por cualquier medio distinto al contacto físico, que con el propósito de perturbar, degradar o controlar la conducta de una persona le afecte psíquica o emocionalmente; 

III.- Violencia patrimonial: Toda acción u omisión que, de manera directa o indirecta, se dirija a ocasionar un menoscabo al patrimonio de la víctima, a través de: 

  1. a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes. 
  2. b) La pérdida, sustracción, destrucción o retención indebido de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.

IV.- Violencia económica: Toda acción u omisión orientada al abuso económico que, de manera directa o indirecta, cause una limitación o afectación de los recursos económicos destinados a la satisfacción de las necesidades básicas o medios indispensables para una vida digna de la víctima.

Violencia equiparada: cuando se realice en contra de la persona que esté sujeta a su custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado o con quien tenga una relación de hecho o la haya tenido en un período hasta de dos años antes de la comisión del acto u omisión.

¿Cómo denunciar?

Esté delito, de conformidad con el Código se persigue por querella, excepto en los casos previstos anteriormente, en los cuales se perseguirá de oficio.

La forma más eficaz de hacer hacer valido dicho derecho  es de forma presencial, de conformidad con el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, una de las obligaciones del Ministerio Público es recibir denuncias, por lo que se puede acudir a la fiscalía más próxima, y presentarla, oralmente, o por un medio escrito es la opción más adecuada. Es importante mencionar, que los policías tienen la obligación de recibir dichas denuncias al ser las primeras personas con las cuales podemos tener contacto mas rapido, y los cuales deberán de orientar a toda persona en dicho procedimiento. 

Para localizar la fiscalías especializadas en el Estado de San Luis Potosí ingresar a los siguientes links:

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Otros métodos de denuncia:

Llamada telefónica: Puedes denunciar una agresión en el 911 o de forma anónima en el 089.

O directamente a las fiscalías Especializadas del Estado de San Luis Potosí, según corresponda por el tipo de delito, a los siguientes teléfonos, según corresponda: 

-Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí:
Eje Vial No. 100, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24.

-Fiscalía Especializada en Delitos Electorales:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

-Fiscalía Especializada en Delitos relacionados con Hechos de Corrupción:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P. Teléfono: 444 524 14 80.

-Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos:
Volcán Tacaná No. 115, Fraccionamiento Cumbres de San Luis, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 811 30 39.

-Fiscalía Especializada para la atención de la Mujer, la Familia y Delitos Sexuales:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 814 81 88.

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Calle Francisco I. Madero s/n, Barrio Chacana, Tancanhuitz, S.L.P.

-Vicefiscalía:
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-Vicefiscalía Jurídica:
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República de Polonia No. 350, Lomas de Satélite, San Luis Potosí, S.L.P.

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-Visitaduría:
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Teléfono: 444 812 26 24, Ext. 1714 y 1605.

-Instituto Universitario de Ciencias Penales y Forenses:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

Toda denuncia deberá contener una descripción de los hechos que considera delictivos, sin tener una calificación jurídica, ya que dicha calificación es proporcionada por el Ministerio Público, quien al investigar dará pruebas al juez quien decidirá conforme a derecho si es un delito o no. 

En el caso de que la denuncia o querella se presenten oralmente, se hará constar en acta que levantará la Autoridad que la reciba. Tanto en este caso, como cuando se hagan por escrito, deberán contener la firma o huella digital del que las presente y su domicilio. 

Fuentes:

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Delito

Ejemplo: Erick robó dinero en un centro comercial, fue detenido por la policía privada y llevado ante la fiscalía para proceder con la denuncia correspondiente para que sea detenido.

 

Definición: Un delito es una conducta típica contraria a lo establecido en la ley y se castiga con años de prisión y multas administrativas. Los delitos se pueden perseguir de dos formas, por oficio o por querella. 

 

La querella es la forma de persecución del delito que, por su naturaleza, la ley permite a la víctima decidir sobre su derecho a denunciar sobre el delito o no, tal es el caso, por ejemplo, del estupro. 

 

Los delitos perseguidos de oficio, se deben iniciar por el Ministerio Público y por el mero suceso del hecho deben de investigarse. 

¿Cómo denunciar?

 

Esté delito, de conformidad con el Código se persigue de oficio por la Representación Social, es decir, mediante denuncia de cualquier persona puede ser perseguido al autor del delito.

 

La forma más eficaz de hacer hacer valido dicho derecho  es de forma presencial, de conformidad con el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, una de las obligaciones del Ministerio Público es recibir denuncias, por lo que se puede acudir a la fiscalía más próxima, y presentarla, oralmente, o por un medio escrito es la opción más adecuada. Es importante mencionar, que los policías tienen la obligación de recibir dichas denuncias al ser las primeras personas con las cuales podemos tener contacto mas rapido, y los cuales deberán de orientar a toda persona en dicho procedimiento. 

 

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Otros métodos de denuncia:

 

Llamada telefónica: Puedes denunciar una agresión en el 911 o de forma anónima en el 089.

 

O directamente a las fiscalías Especializadas del Estado de San Luis Potosí, según corresponda por el tipo de delito, a los siguientes teléfonos, según corresponda: 

-Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí:
Eje Vial No. 100, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24.

-Fiscalía Especializada en Delitos Electorales:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

-Fiscalía Especializada en Delitos relacionados con Hechos de Corrupción:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P. Teléfono: 444 524 14 80.

-Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos:
Volcán Tacaná No. 115, Fraccionamiento Cumbres de San Luis, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 811 30 39.

-Fiscalía Especializada para la atención de la Mujer, la Familia y Delitos Sexuales:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 814 81 88.

-Fiscalía Especializada para la atención de Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas:
Calle Francisco I. Madero s/n, Barrio Chacana, Tancanhuitz, S.L.P.

-Vicefiscalía:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Jurídica:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Científica: Dirección General de Servicios Periciales:
República de Polonia No. 350, Lomas de Satélite, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Métodos de Investigación:
Calle Xóchitl s/n, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Administración:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Visitaduría:
Eje Vial No.100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24, Ext. 1714 y 1605.

-Instituto Universitario de Ciencias Penales y Forenses:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

 

Toda denuncia deberá contener una descripción de los hechos que considera delictivos, sin tener una calificación jurídica, ya que dicha calificación es proporcionada por el Ministerio Público, quien al investigar dará pruebas al juez quien decidirá conforme a derecho si es un delito o no. 

 

En el caso de que la denuncia o querella se presenten oralmente, se hará constar en acta que levantará la Autoridad que la reciba. Tanto en este caso, como cuando se hagan por escrito, deberán contener la firma o huella digital del que las presente y su domicilio. 

 

Fuentes:



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Indígenas

Ejemplo: Fernanda es discriminada en su trabajo por venir de una comunidad indigena de Oaxaca, por lo cúal también le pagan un sueldo inferior al de los demás que realizan el mismo trabajo.

La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial en su artículo 1 tiene por objetivo sancionar la discriminacion al establecer que:

“1. En la presente Convención la expresión “discriminación racial” denotará toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.”

Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos contempla en su artículo 26 la garantía de igualdad y no discriminación al establecer que: “Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. “

El Código Penal del Estado de San Luis Potosí, tipifica el delito de “Discriminación” , en su artículo 186, el cual establece lo siguiente:

“ARTÍCULO 186. Comete el delito a que se refiere este capítulo, quien, por razón de edad, sexo, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, características físicas, discapacidad o estado de salud o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas:

  1. Provoque o incite al odio o a la violencia;
  2. Niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho. Para los efectos de esta fracción, se considera que toda persona tiene derecho a los servicios o prestaciones ue se ofrecen al público en general;
  3. Veje o excluya a alguna persona o grupo de personas, o
  4. Niegue o restrinja derechos laborales o el acceso a los mismos, sin causa justificada.

Al servidor público que, por las razones previstas en el primer párrafo de este artículo, niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho, se le aumentará en una mitad la pena prevista en el primer párrafo del presente artículo y, además, se le podrá imponer suspensión, destitución o inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la sanción impuesta.

No serán consideradas discriminatorias todas aquellas medidas tendientes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos.

Sanción: de seis meses a tres años de prisión, y multa de sesenta a trescientos días del valor de la unidad de medida de actualización. Asimismo, dicho delito es perseguido por querella

¿Cómo denunciar?

Esté delito es perseguido por querella, es decir, sólo mediante denuncia de la victima que sufre la discriminación se procedera contra el autor del delito.

La forma más eficaz de hacer hacer valido dicho derecho  es de forma presencial, de conformidad con el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, una de las obligaciones del Ministerio Público es recibir denuncias, por lo que se puede acudir a la fiscalía más próxima, y presentarla, oralmente, o por un medio escrito es la opción más adecuada. Es importante mencionar, que los policías tienen la obligación de recibir dichas denuncias al ser las primeras personas con las cuales podemos tener contacto mas rapido, y los cuales deberán de orientar a toda persona en dicho procedimiento. 

Para localizar la fiscalías especializadas en el Estado de San Luis Potosí ingresar a los siguientes links:

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/quienes-somos/

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/contacto/

https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/delegaciones-regionales/

Asimismo en: https://fiscaliaslp.gob.mx/denuncia_virtual/

​​https://fiscaliaslp.gob.mx/vi/tramites-y-servicios/

Otros métodos de denuncia:

Llamada telefónica: Puedes denunciar una agresión en el 911 o de forma anónima en el 089.

O directamente a las fiscalías Especializadas del Estado de San Luis Potosí, según corresponda por el tipo de delito, a los siguientes teléfonos, según corresponda: 

-Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí:
Eje Vial No. 100, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24.

-Fiscalía Especializada en Delitos Electorales:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

-Fiscalía Especializada en Delitos relacionados con Hechos de Corrupción:
Calle Independencia No. 1630, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P. Teléfono: 444 524 14 80.

-Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos:
Volcán Tacaná No. 115, Fraccionamiento Cumbres de San Luis, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 811 30 39.

-Fiscalía Especializada para la atención de la Mujer, la Familia y Delitos Sexuales:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 814 81 88.

-Fiscalía Especializada para la atención de Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas:
Calle Francisco I. Madero s/n, Barrio Chacana, Tancanhuitz, S.L.P.

-Vicefiscalía:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Jurídica:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Vicefiscalía Científica: Dirección General de Servicios Periciales:
República de Polonia No. 350, Lomas de Satélite, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Métodos de Investigación:
Calle Xóchitl s/n, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Dirección General de Administración:
Eje Vial No. 100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.

-Visitaduría:
Eje Vial No.100, Segundo Piso, Zona Centro, San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono: 444 812 26 24, Ext. 1714 y 1605.

-Instituto Universitario de Ciencias Penales y Forenses:
Calle 5 de Mayo No. 1475, Barrio de San Miguelito, San Luis Potosí, S.L.P.

Toda denuncia deberá contener una descripción de los hechos que considera delictivos, sin tener una calificación jurídica, ya que dicha calificación es proporcionada por el Ministerio Público, quien al investigar dará pruebas al juez quien decidirá conforme a derecho si es un delito o no. 

En el caso de que la denuncia o querella se presenten oralmente, se hará constar en acta que levantará la Autoridad que la reciba. Tanto en este caso, como cuando se hagan por escrito, deberán contener la firma o huella digital del que las presente y su domicilio. 

Fuentes: