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¿Qué hacer si te acusan de un delito?

Ejemplo: Sergio estaba caminando con su familia cuando fue detenido por policías debido a que se le acusaba de haber cometido un delito. En el momento en que los policías se llevaban a Sergio, su familia se puso en contacto con un abogado para saber qué hacer en ese momento.

 

El Código Nacional de Procedimientos Penales y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en distintos derechos que toda persona imputada de un delito tiene a lo largo de todo su procedimiento, esto quiere decir desde que se le acusa por haber cometido un delito hasta obtener una sentencia condenatoria o absolutoria en su contra.

 

Acusado es la persona contra quien se ha formulado acusación como presunto autor o partícipe de un hecho que la ley señala como delito. Si eres acusado de algún delito tendrás los siguientes derechos, como se establece en el artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales:

  • A ser considerado y tratado como inocente hasta que se demuestre tu responsabilidad;
  • A comunicarte con un familiar y con su Defensor cuando sea detenido, debiendo brindarle el Ministerio Público todas las facilidades para lograrlo;
  • A declarar o a guardar silencio, en el entendido que su silencio no podrá ser utilizado en tu contra
  • A estar asistido de su Defensor al momento de rendir su declaración, así como en cualquier otra actuación y a entrevistarse en privado previamente con él;
  • A que se te informe, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el Ministerio Público o el Juez de control, los hechos por los cuales te estan culpando y los derechos que te asisten, así como, en su caso, el motivo de la privación de su libertad y el servidor público que la ordenó, exhibiéndosele, según corresponda, la orden emitida en su contra;
  • A no ser sometido en ningún momento del procedimiento a técnicas ni métodos que atenten contra su dignidad, induzcan o alteren su libre voluntad;
  • A tener acceso él y su defensa, salvo las excepciones previstas en la ley, a los registros de la investigación, así como a obtener copia gratuita, registro fotográfico o electrónico de los mismos. 
  • A que se le reciban los medios pertinentes de prueba que ofrezca, concediéndosele el tiempo necesario para tal efecto y auxiliándosele para obtener la comparecencia de las personas cuyo testimonio solicite y que no pueda presentar directamente.
  • A ser juzgado en audiencia por un Tribunal de enjuiciamiento, antes de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año si la pena excediere de ese tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa;
  • A tener una defensa adecuada por parte de un licenciado en derecho o abogado titulado, con cédula profesional, al cual elegirá libremente incluso desde el momento de su detención y, a falta de éste, por el Defensor público que le corresponda, así como a reunirse o entrevistarse con él en estricta confidencialidad;
  • A ser asistido gratuitamente por un traductor o intérprete en el caso de que no comprenda o hable el idioma español; cuando el imputado perteneciere a un pueblo o comunidad indígena, el Defensor deberá tener conocimiento de su lengua y cultura y, en caso de que no fuere posible, deberá actuar asistido de un intérprete de la cultura y lengua de que se trate;
  • A ser presentado ante el Ministerio Público o ante el Juez de control, según el caso, inmediatamente después de ser detenido o aprehendido;
  • A no ser expuesto a los medios de comunicación;
  • A no ser presentado ante la comunidad como culpable;
  • A solicitar desde el momento de su detención, asistencia social para los menores de edad o personas con discapacidad cuyo cuidado personal tenga a su cargo;
  • A obtener su libertad en el caso de que haya sido detenido, cuando no se ordene la prisión preventiva, u otra medida cautelar restrictiva de su libertad;
  • A que se informe a la embajada o consulado que corresponda cuando sea detenido, y se le proporcione asistencia migratoria cuando tenga nacionalidad extranjera

Comunicarte con un familiar y con un Defensor cuando sea detenido, es uno de los principales derechos que se tienen como detenidos, de lo contrario se estaria incurriendo en una violación de derechos humanos grave, la cúal puede dar pie a que se decrete la libertad del acusado. También, se tiene derecho a abstenerse de declarar si no está presente el defensor cuando así lo desees, ya que todo lo que digas podrá ser usado en tu contra. 

Fuentes: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_190221.pdf 

 

Es muy importante resaltar, que en todo momento tienes derecho de ser asistido por un abogado y abstenerse de declarar si no está presente cuando así lo desees, ya que todo lo que digas podrá ser usado en tu contra. 

A continuación se incluye un documento que menciona paso a paso de manera muy detallada que hacer y cómo proceder en caso de ser detenido y acusado por un delito:

 

Fuente: 

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_190221.pdf

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Detención Arbitraria

Ejemplo: Sergio fue detenido sin justificación alguna, por lo que sus familiares y posteriormente sus abogados denunciaron los hechos por ser una detención arbitraria.

 

La Constitución Mexicana establece que todo acto de autoridad debe de estar debidamente fundado y motivado, por lo cual cualquier acto contrario se considerará como ilegal y como un acto infundado por parte de la autoridad.

 

Una detención es arbitraria cuando no existe una debida justificación por parte de la autoridad que realiza la detención. De conformidad con lo anterior, al momento de ser detenido por una autoridad, esta debe de justificar el porqué de la detención y de informarte de tus derechos al momento de la misma.

 

En caso de que tengas conocimiento de que una persona o un conocido tuyo es detenido sin justificación alguna, denuncialo ante las autoridades correspondientes debido a que está violentando tus derechos, mismos que se encuentran consagrados en la Constitución Mexicana y en diversos ordenamientos de gran importancia a nivel mundial.

 

¿Qué derechos humanos se violan con las detenciones arbitrarias? 

* Derecho a la libertad. 

* Derecho a la seguridad personal. 

* Derecho a la presunción de inocencia.

 

¿Qué actos de autoridad pública pueden calificarse como detenciones arbitrarias? 

Detenciones Arbitrarias de la ONU considera que existe arbitrariedad en la detención cuando ésta se produce bajo los siguientes supuestos: 

  • No hay normas, reglamentos o leyes que indiquen la existencia de un delito. 
  • Se produce una detención por ejercer derechos y libertades.
  • No se sigue el proceso de detención establecido en las leyes o no se tienen pruebas o evidencia de la comisión de un ilícito. 
  • Se genera un juicio que no cumple con el debido proceso establecido en las normas del marco jurídico mexicano e internacional para su realización.

 

¿Qué autoridad puede incurrir en una detención arbitraria?

Cualquier autoridad pública que limite la libertad de una persona sin que tenga causa justificada. 

 

Finalmente, es importante mencionar que, el Servidor Publico que comete detención arbitraria comete un delitos que se encuentran contemplados en el Código Penal para el Estado de Campeche y que son:

 

    • APREHENSIÓN ILEGAL contemplada en el Artículo 303 que establece que: “Se impondrán de cuatro a diez años de prisión, multa de cien a ciento cincuenta Unidades de Medida y Actualización, al servidor público que, sin orden de aprehensión librada por la autoridad jurisdiccional competente, detenga a una persona, fuera de los casos de delito flagrante o urgencia, en términos del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”
    • DESAPARICIÓN FORZADA delito contemplado en el Artículo 289 bis que establece que: “Comete el delito de desaparición forzada de personas el agente estatal que, con motivo de sus atribuciones, prive de la libertad a una o más personas, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impida el ejercicio de los recursos legales y de los derechos procesales procedentes.”
  • PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD delito contemplado en el artículo 348, 

 

A continuación se incluye un documento que menciona paso a paso de manera muy detallada que hacer y cómo proceder en caso de ser detenido y acusado por un delito:

 

 

Fuente:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_280521.pdf

https://legislacion.congresocam.gob.mx/index.php/leyes-focalizadas/anticorrupcion/6-codigo-penal-del-estado-de-campeche 

http://appweb.cndh.org.mx/biblioteca/archivos/pdfs/Pub-infografias.pdf

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Detención por Apariencia

Ejemplo: Sergio es detenido por la Policía cuando caminaba por el parque, él se viste como Hippie, y la policía argumenta que es detenido por parecer ladrón.

 

De la misma manera a como se comentó en el apartado anterior, al momento de tu detención tienes derecho a que se te indiquen todos tus derechos, además de que se te haga de tu conocimiento todas y cada una de las razones por las cuales él te está deteniendo.

 

Debido a lo anterior, toda detención que se realice porque existe una presunta apariencia debería de considerarse como ilegal y arbitraria. Las detenciones por apariencias van muy de la mano con las detenciones arbitrarias, no existe ningún proceso ni base legal de donde salgan. 

 

A continuación se incluye un documento que menciona paso a paso de manera muy detallada que hacer y cómo proceder en caso de ser detenido y acusado por un delito:

 

https://consulmex.sre.gob.mx/sanjose/images/PDFs/arresto.pdf

 

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Detención Legal

Ejemplo: Sergio y sus cuatro amigos fueron detenidos la mañana del miércoles porque se les investiga por haber cometido el delito de extorsión, los policías ministeriales argumentaron la acción con una orden de aprehensión emitida por un juez competente.

 

Es muy importante no olvidar que todo acto de autoridad realizado por la policía debe de estar debidamente fundado y motivado de conformidad con diversos ordenamientos de gran importancia, por lo cual una detención sólo podrá ser legal en el caso en la cual la autoridad justifique las razones de la detención.

 

También existen distintos supuestos en los cuales no es necesario u obligatorio que la autoridad tenga una orden de aprehensión o un ordenamiento proveniente de una autoridad, mismos que se mencionan a continuación:

  • Flagrancia: esto quiere decir el ser sorprendido inmediatamente después de cometer un delito o mediante sucesos inmediatamente posteriores a estos.
  • Caso urgente: esto quiere decir que estamos en presencia de un delito grave y que no se tenga la posibilidad de acudir ante un juez para obtener la orden de arresto correspondiente al delito.

Requisitos para que se pueda aplicar el caso urgente: 

  1. Existan datos que establezcan la existencia de un hecho señalado como delito grave y que exista la probabilidad de que la persona lo cometió o participó en su comisión
  2. Por la hora,  lugar o cualquier circunstancia no se pueda acceder al órgano jurisdiccional 
  3. Temor fundado de que se extraiga de la acción de la justicia (Ej. que no se esconda o se salga del país)

El Juez de Control que recibe un detenido por caso urgente va a determinar la legalidad del mandato del MP  y de su cumplimiento cuando realiza lo que se conoce como audiencia de control de detención.  Si el juez determina que hubo una violación de acuerdo a las disposiciones por no tratarse de un caso urgente debe de dejar en libertad al detenido. 

 

Las autoridades que ejecuten una detención por flagrancia o por caso urgente deben asegurarse de que la persona tenga pleno conocimiento del ejercicio de los siguientes derechos: 

  •  Derecho de informarle a alguien de su detención 
  •   Derecho de consultar en privado a su defensor 
  • Derecho a recibir una notificación escrita que establezcan los derechos que tiene y las medidas que debe de tomar para una asesoría legal 
  • Derecho a ser colocado en una celda en condiciones dignas y con acceso a su aseo personal
  •  Derecho a no estar detenido desnudo o en prendas íntimas 
  • Derecho a recibir atención clínica si padece de una enfermedad clínica, o si se lesiona o si está sufriendo un trastorno mental. 

Finalmente, es importante mencionar que, la detención por el medio mencionado en el ejemplo consiste en que la Autoridad que realiza la detención tenga en su poder una orden de Aprehensión, misma que deberá ser el último medio para llevar al presunto responsable ante la autoridad competente, es decir, el procedimiento para obtenerla es el siguiente:

Cuando se haya presentado denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, el Ministerio Público anuncie que obran en la carpeta de investigación datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y exista la probabilidad de que el imputado lo haya cometido o participado en su comisión, el Juez de control, a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar:

  1. Citatorio al imputado para la audiencia inicial; 
  2. Orden de comparecencia, a través de la fuerza pública, en contra del imputado que habiendo sido citado previamente a una audiencia no haya comparecido, sin justificación alguna, y 
  3. Orden de aprehensión en contra de una persona cuando el Ministerio Público advierta que existe la necesidad de cautela.

Podrá ordenarse la aprehensión de una persona cuando resista o evada la orden de comparecencia judicial y el delito que se le impute merezca pena privativa de la libertad.

Para qué una orden de aprehensión sea considerada como legal debe de cumplir con los siguientes requisitos: 

I) que sea emitida por autoridad judicial;

II) que esté precedida por denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito; 

III) que haya pruebas de que se ha cometido tal hecho y 

IV) que el hecho fue probablemente cometido por el indiciado, o que haya participado en él.

A continuación se incluye un documento que menciona paso a paso de manera muy detallada que hacer y cómo proceder en caso de ser detenido y acusado por un delito:

 

https://consulmex.sre.gob.mx/sanjose/images/PDFs/arresto.pdf

Fuentes: 

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3568/22.pdf 

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_190221.pdf 

 

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Detención Ilegal

Ejemplo: Sergio se encontraba con su familia en el cine cuando nuevamente fue detenido por policías, quienes no presentaron orden de aprehensión o justificación alguna para realizar la detención.

Es muy importante recordar que la Constitución Mexicana establece que todo acto de autoridad debe de estar debidamente fundado y motivado, por lo cual cualquier acto contrario se considerará como ilegal y como un acto infundado por parte de la autoridad.

 

Una detención es ilegal o arbitraria cuando no existe una debida justificación por parte de la autoridad que realiza la detención. De conformidad con lo anterior, al momento de ser detenido por una autoridad esta debe de justificar el porqué de la detención e informarte de tus derechos al momento de la misma.

 

En caso de que tengas conocimiento de que una persona o un conocido tuyo es detenido sin justificación alguna, denuncialo ante las autoridades correspondientes debido a que está violentando tus derechos, mismos que se encuentran consagrados en la Constitución Mexicana en diversos ordenamientos de gran importancia a nivel mundial.

 

El Código Nacional de Procedimientos Penales, provee que se citará a la audiencia inicial en la que se realizará el control de la detención antes de que se proceda a la formulación de la imputación. El Juez le preguntará al detenido si cuenta con Defensor y en caso negativo, ordenará que se le nombre un Defensor público y le hará saber que tiene derecho a ofrecer datos de prueba, así como acceso a los registros.

 

El Ministerio Público deberá justificar las razones de la detención y el Juez de control procederá a calificarla, examinará el cumplimiento del plazo constitucional (72 horas) de retención y los requisitos de procedibilidad, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad.

 

Es muy importante que si eres detenido, no pase el tiempo establecido en Ley, que te lean tus derechos y que si eres detenido por flagrancia o caso urgente, te lleven directamente al MP y que no estén dando vueltas. Si tu detención no califica como legal te deben dejar en inmediata libertad. De no cumplir con lo anteriormente mencionado, el MP puede incurrir en el delito de RETARDO ILEGÍTIMO EN LA ENTREGA DE UN DETENIDO contemplado en el Código Penal del Estado de Campeche que establece que:

 

ARTÍCULO 304.- Se impondrán de tres a ocho años de prisión, multa de treinta a mil cien Unidades de Medida y Actualización, al agente del ministerio público que se abstenga de poner al detenido a disposición del juez competente dentro del término señalado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando la detención se realice en cumplimiento de una orden de aprehensión.

 

ARTÍCULO 305.- Al agente ministerial que reciba a un detenido en flagrante delito por un particular o por otro servidor público y no lo ponga a disposición de la autoridad jurisdiccional competente dentro del término de las cuarenta y ocho horas siguientes al momento en que dicho detenido le fue entregado, se le impondrán de tres a ocho años de prisión, multa de treinta a mil cien Unidades de Medida y Actualización.

 

A continuación se incluye un documento que menciona paso a paso de manera muy detallada que hacer y cómo proceder en caso de ser detenido y acusado por un delito:

 

Fuentes:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_190221.pdf 

https://legislacion.congresocam.gob.mx/index.php/leyes-focalizadas/anticorrupcion/6-codigo-penal-del-estado-de-campeche 

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¿Cómo denunciar?

La Fiscalía General de Justicia del Estado de Campeche pone a tu disposición diferentes mecanismos para la presentación de denuncias dentro de los cuales se destacan el  acudir personalmente, mediante redes sociales o haciendo uso de un correo institucional, a continuación se puede se puede observar la liga de acceso donde se puede realizar una denuncia anónima a través de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Campeche: http://www.fgecam.campeche.gob.mx/?page_id=1489

 

Asimismo, a través de la siguiente liga se puede localizar la fiscalía más cercana para presentar denuncia de manera presencial:  http://www.fgecam.campeche.gob.mx/?page_id=1415 

 

También pueden realizar llamada telefónica al 911 o de forma anónima en el 089.

 

Finalmente, se puede denunciar por internet ante la guardia nacional con los siguientes datos:

 

Centro Nacional de Atención Ciudadana

 

Número: 088

Correos de Denuncia: cnac@gn.gob.mx y/o guardia.nacional@gn.gob.mx

Denuncia vía Twitter:  @CNAC_GN

 

Toda denuncia deberá contener una descripción de los hechos que considera delictivos, sin tener una calificación jurídica, ya que dicha calificación es proporcionada por el Ministerio Público, quien al investigar dará pruebas al juez quien decidirá conforme a derecho si es un delito o no. 

 

En el caso de que la denuncia o querella se presenten oralmente, se hará constar en acta que levantará la Autoridad que la reciba. Tanto en este caso, como cuando se hagan por escrito, deberán contener la firma o huella digital del que las presente y su domicilio. 

 

Si tú o uno de tus familiares o conocidos son víctimas de cualquier conducta que involucre violencia familiar, no dudes en acercarte a las autoridades correspondientes para presentar tu denuncia para que la Fiscalía General de Justicia del Estado de Campeche pueda proceder penalmente contra quien resulte responsable. Es importante combatir la impunidad en nuestro país, siendo en la presentación de las denuncias nuestro primer mecanismo de defensa en contra de dicha situación que tanto afecta a nuestro país. Recuerda que, los policías al ser el primer servidor público de fácil acceso, tienen la obligación de guiarte y ayudarte a presentar la denuncia de manera correcta.

 

Fuente: https://legislacion.congresocam.gob.mx/index.php/leyes-focalizadas/anticorrupcion/6-codigo-penal-del-estado-de-campeche